JurídicoESEN
Order (Auto)September 13, 2023

A- de 2023

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar

✓Claimant Caja De Compensacion Familiar Del Huila·Respondent Administradora De Los Recuros Del Sistema General De Seguridad Social En Salud Y Otro

✓
Topic · hard data
Controversia Sobre Recobros Al Estado Por Servicios Y Tecnología En Salud Con Cargo A La Upc Del Régimen Subsidiado.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Controversias sobre recobros al Estado por servicios y tecnología en salud con cargo a la UPC del régimen subsidiado
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 3º Laboral del Circuito de Neiva y el Juzgado 3º Administrativo Oral de la misma ciudad.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda ordinaria laboral que formuló la Caja de Compensación Familiar del Huila en contra de la ADRES y otros, con el fin de que se declarara la deuda de valores en los que se incurrió por concepto de administración de recursos del régimen subsidiado.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión del Auto 803/23 mediante la cual se indicó que, la competencia judicial para conocer de litigios que pretendan reclamar el pago de la UPC al Estado por prestaciones del antes POS (hoy PBS UPC), corresponde a la jurisdicción contenciosa administrativa, de acuerdo con la cláusula general de competencia prevista en el artículo 104 de la Ley 1437 de 2011, toda vez que se trata de controversias de carácter exclusivamente económico contra entidades públicas, donde se cuestiona el pago de un valor liquidado dentro de un procedimiento de carácter administrativo a cargo del Estado.

Con base en lo anterior se remite el expediente al Juzgado 3º Administrativo Oral de Neiva para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre el Juzgado 3º Laboral del Circuito de Neiva y el Juzgado 3º Administrativo Oral de Neiva en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 3º Administrativo Oral de Neiva es la autoridad competente para conocer del proceso judicial promovido por Famisanar S.A.S.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-3034 al Juzgado 3º Administrativo Oral de Neiva para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
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No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.